Estas se enuncian en los Artículos 106° y 107° del Reglamento de Actividades Académicas.
Artículo 106° del Reglamento de Actividades Académicas:
Los estudiantes de tiempo completo que opten por el grado de Maestría en Ciencias deberán obtenerlo en un periodo máximo de dos años. Excepcionalmente y de manera justificada, se darán seis meses de prórroga para obtener el grado académico. De no obtener el grado en el periodo previsto, incluyendo el periodo de prórroga, causará baja definitiva, quedando el estudiante sin derecho a obtener el grado en el Colegio de Postgraduados.
Artículo 107° del Reglamento de Actividades Académicas:
El Colegio de Postgraduados otorgará el grado de Maestro en Ciencias a aquellos estudiantes que satisfagan los requisitos siguientes:
Coordinador del Programa: Dr. Abel Gil Muñoz
Teléfono: 01 222 285 1442
Extensión: 2061
E-mail: coord_msrfg@colpos.mx
Lic. José Javier Esquivel Santos
Teléfono: (222)2 851442.
Extensión: 2018, 2056 y 2058.
Email: admisionmsrfg@colpos.mx
Website: Campus Puebla