Estos se enuncian en los Artículos 95° y 96° del Reglamento de Actividades Académicas.
Artículo 95° del Reglamento de Actividades Académicas:
Los estudiantes de tiempo completo que opten por el Doctorado en Ciencias, modalidad escolarizada, deben obtenerlo en un periodo máximo de cuatro años. Excepcionalmente y de manera justificada, se darán seis meses de prórroga para obtener el grado académico. De no obtener el grado en el periodo previsto, incluyendo el periodo de prórroga, causará baja definitiva, quedando el estudiante sin derecho a obtener el grado en el Colegio de Postgraduados.
Artículo 96° del Reglamento de Actividades Académicas:
El Colegio de Postgraduados otorga el grado de Doctor en Ciencias, modalidad escolarizada, a aquellos estudiantes que dentro de su programa doctoral cumplan los siguientes requisitos:
Coordinador del Programa: Dr. Abel Gil Muñoz
Teléfono: 01 222 285 1442
Extensión: 2061
E-mail: coord_msrfg@colpos.mx
Lic. José Javier Esquivel Santos
Teléfono: (222)2 851442.
Extensión: 2018, 2056 y 2058.
Email: admisionmsrfg@colpos.mx
Website: Campus Puebla