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Bienvenidos al Colegio de Postgraduados

PROCURADURIA ACADÉMICA


 

Mtra. María Alejandra Martínez Ramírez
Procuradora Académica
martinez.alejandra@colpos.mx


Para conocer el procedimiento de reclamación ante esta Procuraduría Académica, ver en Reglamento de la Procuraduría Académica.

Es un órgano interno de honor y justicia del Colegio, establecido como la última instancia para la resolución de conflictos académicos. La cual estará a cargo de un Procurador Académico nombrado por la Junta Directiva a propuesta del Director General; y su operación se establecerá en el REGLAMENTO ESPECÍFICO.

Artículo 42° del Estatuto Orgánico del Colegio de Postgraduados.

 

La Procuraduría Académica es un área de apoyo a la Dirección General.

 

La Procuraduría Académica, conocerá de reclamaciones individuales de naturaleza exclusivamente académica, que se sometan a su consideración por parte de estudiantes, profesores e investigadores del Colegio de Postgraduados y es la última instancia interna de solución de conflictos académicos.

El estudiante, profesor o investigador que se considere afectado por las recomendaciones emitidas por la Procuraduría Académica, tiene el derecho para acudir a instancias externas que la Ley respectiva le conceda.

Artículo 5° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.

 

Su reglamento establece como objeto, regular la operación y funcionamiento de la Procuraduría Académica del Colegio de Postgraduados, órgano interno de honor y justicia de este, encargada de resolver los conflictos académicos que se susciten al interior del Colegio de Postgraduados entre estudiantes, profesores e investigadores.

Artículo 2° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.

 

La Procuraduría Académica del Colegio de Postgraduados, tendrá independencia para el ejercicio de sus atribuciones, e imparcialidad en la emisión de las recomendaciones que formule.

Artículo 4° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.

 

La Procuraduría Académica del Colegio de Postgraduados tiene las siguientes atribuciones:

  1. Conocer y resolver los conflictos académicos. 
  2. Vigilar la correcta observancia y aplicación de la reglamentación académica vigente. 
  3. Asesorar a los estudiantes, profesores e investigadores del Colegio de Postgraduados respecto de la normatividad estrictamente académica. 
  4. Intervenir, a petición de parte, en los casos en que un estudiante, profesor o investigador considere que un derecho contemplado en la normatividad académica ha sido transgredido en su perjuicio por acción u omisión, por parte de un estudiante, servidor público o cuerpo colegiado del Colegio de Postgraduados, en el ejercicio de sus funciones o atribuciones, respectivamente
  5. Expedir, en el ámbito de su competencia, copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos, a requerimiento de autoridad competente, del propio Colegio o de particulares, conforme a las disposiciones normativas en materia de transparencia y acceso a la información pública.
  6. Diseñar las modificaciones del presente reglamento, para su posterior presentación como proyecto normativo ante el Comité de Mejora Regulatoria Interna;
  7. Emitir regulación interna, previo dictamen favorable del Comité de Mejora Regulatoria Interna;

Artículo 3° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.