EL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN ANTE LA PROCURADURÍA ACADÉMICA
El procedimiento que se siga ante la Procuraduría deberá ser objetivo, sin más formalidad que la de precisar la pretensión del reclamante y el informe de la contraparte.
Artículo 15° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
El escrito de reclamación se dirigirá y presentará ante la Procuraduría.
Artículo 17° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
El Procurador analizará la reclamación para acordar sobre su admisión o inadmisión.
Artículo 19° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
En caso de una reclamación notoriamente improcedente, infundada o que no corresponda a su competencia, determinada del análisis establecido en el artículo 19, el Procurador dictará acuerdo de inadmisión.
Artículo 21° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
Cuando una reclamación no cumpla con alguno de los requisitos establecidos en el artículo 17 del presente Reglamento, el Procurador requerirá al reclamante para que subsane la omisión.
Artículo 22° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
En caso de reunir los requisitos para su admisión, el Procurador, respecto de la reclamación, emitirá acuerdo admisorio y de radicación, determinado del análisis establecido en el artículo 19, informando el número de expediente con el que quedo registrado.
Artículo 23° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
El Procurador citará a las partes en conflicto, para que, comparezcan a una audiencia de conciliación el día, hora y lugar que se señale, con el propósito de establecer un arreglo conciliatorio y la terminación del proceso.
Artículo 26° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
En la audiencia de conciliación, el Procurador exhortará a las partes para conciliar sus intereses, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado.
Artículo 28° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
De llegarse a un arreglo conciliatorio, el Procurador elaborará el convenio respectivo que deberán suscribir las partes y, emitirá acuerdo en el sentido de que el asunto se tiene como total y definitivamente concluido, ordenando su archivo definitivo.
Artículo 29° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
De no llegarse a una conciliación, el Procurador continuará con el procedimiento.
Artículo 30° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
El Procurador requerirá a la parte señalada como responsable, rinda un informe justificado por escrito sobre los actos que se le atribuyen en la reclamación y manifieste lo que a su derecho convenga.
Artículo 31° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
El Procurador gozará de la más amplia libertad para hacer el análisis de las pruebas rendidas y determinar el valor de estas.
Artículo 34° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
El Procurador emitirá dictamen a la reclamación, no vinculatoria debidamente fundada y motivada, la que deberá contener antecedentes, consideraciones o razonamientos y resolutivos.
Artículo 35° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.
Toda autoridad académica del Colegio a la que se dirija una recomendación emitida por la Procuraduría informará a ésta, dentro del término establecido como plazo para su ejecución, el cumplimiento de la misma.
La Procuraduría Académica, para el debido cumplimiento de sus dictámenes, vigilará en todo momento, la adecuada ejecución de las recomendaciones realizadas, emitiendo los oficios correspondientes para el seguimiento.
Artículo 37° del Reglamento de la Procuraduría Académica, versión aprobada el 18 de noviembre de 2021.