DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES


 

  • Contar con un Consejo Particular.
  • Recibir la orientación del Consejo Particular en las actividades académicas incluidas en su programa de estudios.
  • Solicitar por conducto del Consejo Particular, la validación y revalidación de cursos de postgrados cursados en otra institución.
  • Utilizar las facilidades de la institución para el desarrollo de sus actividades académicas programadas, con la autorización correspondiente.
  • Ser atendido (a) con ética, respeto y objetividad por los cuerpos colegiados y por el personal del COLPOS.
  • Solicitar a la Subdirección de Educación del Campus la modificación del Consejo Particular por las causas previstas en el reglamento de actividades académicas.
  • Solicitar la autorización de la Subdirección de Educación del Campus para continuar con sus trámites de graduación cuando algún (a) integrante de su Consejo Particular exceda de un lapso de tres semanas en la revisión de las versiones de tesis o artículo científico.
  • Recibir constancia de las materias cursadas y calificaciones obtenidas al término de cada cuatrimestre, así como el grado académico, certificado de estudios, acta de examen de grado y distinciones a que se haga acreedor (a) al graduarse dentro de la institución, siempre y cuando este al corriente en el pago de sus colegiaturas.

 

Ante actos de autoridad académica que consideren afectan sus derechos individuales, las y los estudiantes pueden solicitar la intervención de la Procuraduría Académica del COLPOS. Esta procuraduría es competente para conocer y dictaminar recomendaciones de procedencia e improcedencia respecto a las quejas recibidas. El procedimiento de apelación describe en el reglamento de la Procuraduría Académica.